El Canto de Antígona
por Javier Serrano
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Capítulo 1: La Universidad se equivoca

Tiempo de lectura: 5 minutos

He meditado mucho a qué debería ir dedicado el primer capítulo de la serie, y creo que las opiniones vertidas por el Consejo de Universidades deben ser el punto de partida. En primer lugar, porque no tienen razón en nada de lo que argumentan y en segundo lugar, por todo el revuelo mediático que han levantado:

https://www.eldiario.es/sociedad/acabo-negociacion-futura-ley-ensenanzas-artisticas-enfrenta-centros-superiores-universidad_1_10134397.html

https://elpais.com/educacion/2023-03-17/el-consejo-de-universidades-rechaza-el-plan-para-las-ensenanzas-artisticas-del-ministerio-de-educacion.html

https://www.larazon.es/sociedad/polemica-proyecto-ley-ensenanzas-artisticas_202304126435f56a7e9ad3000164f81c.html

https://www.crue.org/2023/04/proyecto-ensenanzas-artisticas-no-establece-mismas-garantias-exigidas-a-titulos-universitarios/

https://www.us.es/actualidad-de-la-us/la-us-rechaza-el-proyecto-de-ley-de-ensenanzas-artisticas-superiores

Rectores de todas las universidades de España a través del CRUE y el propio Consejo de Universidades han movido cielo y tierra para parar esta Ley. Pero, ¿con qué argumentos?

Pues aquí los tenéis: Informe del Consejo Universidades del 16 de marzo de 2023

Este informe se elabora en base a lo establecido en la disposición adicional novena de la LOMLOE, aunque dicho informe no tiene ningún tipo de relevancia de cara a la tramitación de la ley, más allá de la presión mediática que pueda ejercer. Esto es debido a que dicha disposición únicamente establece que el Gobierno debe informar al Consejo de Universidades y este oír. En ningún momento se reconoce la labor consultiva de este órgano, como sí lo hace con las Comunidades Autónomas o el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, de los cuales hablaremos en los siguientes capítulos.


El informe es por sí solo muy escueto, pero además, lo poco que afirma es incorrecto, poco específico o directamente falso. ¡Cualquiera diría que lo ha escrito la élite académica de la educación superior española! Vamos a verlo en base a los diferentes argumentos que señala:

Argumento 1º del Consejo de Universidades

Se considera que la equivalencia general (“a todos los efectos”) que se articula en el proyecto entre los títulos que define y los de carácter universitario debe referirse exclusivamente a los efectos profesionales previstos en esta Ley.

Esto es especialmente relevante en el caso del Máster. Además, estos estudios no pueden dar acceso a los estudios de doctorado.

Extraído del Informe del Consejo de Universidades

Pues lo siento mucho, pero hay que decirle a estos señores catedráticos de la Universidad que la equivalencia «a todos los efectos» a las enseñanzas universitarias se da desde hace más de 30 años en la legislación. Concretamente según lo establecido en el artículo 42.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Por supuesto, esto se mantuvo en todas las demás normas educativas hasta hoy en día.

Además, ocurre algo similar con los estudios de Máster; afirmar que estos no pueden dar acceso a los estudios de doctorado es falso. Actualmente hay una cierta cantidad de doctorandos en la universidad que han cursado un Máster propio de las Enseñanzas Artísticas, porque lo permite la legislación desde el momento cero en el que se instaura la nueva organización superior impulsada por Bolonia en los centros artísticos superiores. En la normativa viene reflejado en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Argumento 2º del Consejo de Universidades

Las titulaciones no se someten a procesos de acreditación y verificación de titulaciones y centros comparables a aquellos por lo que deben pasar las titulaciones universitarias oficiales.

Extraído del Informe del Consejo de Universidades

En la actualidad, la acreditación de los centros y las titulaciones de grado en enseñanzas artísticas parte del propio Ministerio de Educación. Quizá sea a esto a lo que se refieren con que la verificación de títulos y centros no es comparable con la de las universidades. En cierta medida podrían tener razón. Pero es que el propio proyecto de ley que no quieren que se apruebe recoge en su artículo 8 una mejora del procedimiento de acreditación de los títulos de grado, estableciendo ahora la obligatoriedad de que la ANECA verifique dichos títulos. Esto es así porque actualmente los planes de estudio de los títulos de grado son definidos por parte del Ministerio de Educación. Sin embargo, con la aprobación de la nueva ley los centros tendrán una cierta autonomía para establecer sus propios planes de estudios. Por consiguiente, esta concreción de los planes de estudios por parte de los centros necesitará el visto bueno de la ANECA y por supuesto de la administración educativa y del Ministerio. Vamos, lo mismo que en el caso de las Universidades.

En el caso de los estudios de Máster el proceso de acreditación y verificación en la legislación actual es exactamente el mismo que el de sus homólogos universitarios, es decir, son evaluados por la ANECA según lo establecido en el artículo 13 del RD 1614/2007.

Argumento 3º del Consejo de Universidades

No se recogen en el proyecto las exigencias en cuanto a nivel de profesorado (porcentaje de doctores, investigación, etc.) que se dan en el sistema universitario

Extraído del Informe del Consejo de Universidades

De nuevo, falso. La normativa actual de las enseñanzas artísticas superiores ya recoge un porcentaje de doctores obligatorio si los centros quieren impartir estudios de máster. Artículo 20.2 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Además, el proyecto que no quieren que se apruebe recoge la obligatoriedad de que el 100% de los catedráticos tenga un título de doctor. Exactamente igual que en la Universidad. Y eso que hay que tener en cuenta que los centros artísticos superiores no van a estar habilitados para impartir doctorado de forma autónoma, siempre van a tener que hacerlo bajo el auspicio de las universidades según lo establecido en el art. 58.5 de la LOE y el art. 10 del Real Decreto 1614/2009. Esto se mantiene en el nuevo proyecto de ley en el artículo 13 del mismo.

Argumento 4º del Consejo de Universidades

El alumnado que accede a estudios universitarios ha realizado estudios de bachillerato y debe de superar una prueba de acceso a la universidad.

Extraído del Informe del Consejo de Universidades

Este último argumento es el que más me duele personalmente. Cualquier estudiante que haya cursado bachillerato simultáneamente con los últimos cursos de enseñanzas profesionales le debe parecer directamente un insulto. Estoy seguro que una gran parte de alumnos de enseñanzas artísticas superiores han cursado un bachillerato que no tiene absolutamente nada que ver con las artes (bachillerato de ciencias y tecnología, humanidades o sociales) y además, muchos de ellos han realizado la selectividad y a la vez la prueba específica de acceso a los conservatorios.

Porque es que los requisitos para acceder a una enseñanzas artística son exactamente iguales que los de la universidad:

El acceso a las enseñanzas oficiales conducentes a los Títulos de Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores en los diferentes ámbitos requerirá estar en posesión del título de Bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, o estar en posesión de un título de enseñanzas artísticas superiores, título universitario o título de Técnico Superior, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo

Artículo 12 del RD 1614/2009

Señores catedráticos de universidad: ¡métanse en sus asuntos! Dejen a las enseñanzas artísticas que sigan su camino hacia el lugar que les corresponde.

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Fuentes

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