El Canto de Antígona
por Javier Serrano
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La igualdad entre hombres y mujeres en los cuerpos de profesores y catedráticos de música y artes escénicas

Tiempo de lectura: 9 minutos

Hoy os traigo un breve análisis que he realizado a través de una herramienta muy potente (pero bastante mejorable) que nos ofrece el Ministerio de Educación: La sección de estadística de la web de dicho ministerio.

Pero antes de entrar en el fondo del asunto y a modo de introducción, tenemos que hablar de forma general de donde viene esto de la igualdad en España. Y para ello, vamos a coger brevemente el texto legal que desarrolla y regula la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. Y no estoy hablando del artículo 14 de la Constitución, el cual declara el derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo. Sino que estoy hablando del texto legal específico que desarrolla este artículo de la Constitución: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, aprobada por el Gobierno de Zapatero (con la abstención del PP) y modificada brevemente en los años 2009, 2013, 2019 y recientemente en 2022. Los artículos que mencionaré a continuación no han sufrido modificación alguna desde 2007, es decir, se mantienen actualmente en vigor tal y como se redactaron.

En primer lugar debemos mencionar el artículo 5 el cual establece el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito del empleo, ya sea público o privado. Artículo que nos afecta directamente ya que estaremos hablando durante todo el texto de los puestos docentes ocupados por diferentes sexos en los cuerpos de profesores y catedráticos de música y artes escénicas. El artículo 5 establece además que se tendrá que garantizar la igualdad retributiva y la igualdad en la promoción profesional. Conceptos muy interrelacionados en el caso de la promoción del cuerpo de profesores al cuerpo de catedráticos, lo cual veremos más adelante. El artículo 51 desarrolla además lo anterior y señala en su apartado “g)” que las administraciones públicas deberán evaluar periódicamente la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación.

Además, el artículo 20 de dicha Ley Orgánica es el que posibilita que tengamos datos hoy en día para elaborar este artículo. Señala en su apartado a) que los poderes públicos, a la hora de elaborar estudios y estadísticas, deberán incluir sistemáticamente la variable de sexo en la recogida de datos que lleven a cabo. Información imprescindible para poder tener una herramienta estadística que permita el estudio de dicha igualdad.

Por último, es necesario mencionar que la disposición adicional primera de la ley establece que «se entenderá como composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.«

Antes de entrar en la comparativa específica por géneros de los cuerpos propios de las enseñanzas artísticas, es necesario tener en cuenta la situación en la que se encuentran los cuerpos de profesores de las diferentes enseñanzas del sistema educativo español. Y es que en base a la comparativa que mostramos a continuación, cuanto mayor es el nivel retributivo del cuerpo, mayor es la presencia de hombres respecto a mujeres en el mismo. Esto lo podemos medir observando la categoría y el nivel de complemento de destino asociado a cada cuerpo. Por ejemplo, los profesores catedráticos de universidad están enmarcados dentro de la categoría A1 de funcionarios (la mayor) y dentro del nivel 29 de complemento, uno de los mayores; los maestros sin embargo están enmarcados dentro de la categoría A2, y dentro del nivel 21. Esto se traduce en una retribución menor.

Comparativa entre el cuerpo de profesores y el cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas a nivel estatal.

Tal y como están organizados los cuerpos de enseñanzas musicales en la normativa actual, podemos considerar que un docente perteneciente al cuerpo de profesores de música y artes escénicas (Código 594) puede promocionar profesionalmente cuando consigue acceder al cuerpo de catedráticos (código 593). Por ello, cabría esperar que si existe una igualdad efectiva entre ambos sexos, tendríamos que encontrar un porcentaje similar entre hombres/mujeres de ambos cuerpos.

Los últimos datos disponibles son los relativos al curso 2021/2022. La composición de hombres y mujeres del cuerpo de profesores de música y artes escénicas fue de un 55,2% de hombres frente al 44,8% de mujeres. Mientras que para el cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas nos encontramos con un 63,50% de hombres frente al 36,50% de mujeres.

A través de la siguiente gráfica podemos comprobar además que esta disposición es más o menos constante a lo largo de los últimos veinte cursos académicos en ambos cuerpos. Con la salvedad de que nos encontramos con una muy ligera tendencia de descenso de catedráticos frente a catedráticas y una muy ligera tendencia de descenso de profesores frente a profesoras:

Lo importante de los datos, no es que exista una preponderancia de hombres frente a mujeres en los cuerpos musicales. Por ejemplo, en la enseñanza secundaria ocurre exactamente lo contrario, y en principio esto no debería suponer un problema, siempre que nos encontremos dentro del rango 60%-40% que marca la ley. Lo realmente relevante, es que siguen existiendo diferencias de género en función del nivel docente. A mayor categoría y escala en el cuerpo, mayor preponderancia de hombres frente a mujeres. Repito, por si no quedó claro anteriormente: si existiera una igualdad real en ambos sexos deberíamos encontrar un porcentaje similar de docentes hombres y mujeres en ambos cuerpos, el de profesorado y el de catedrático. Ya que este último supone una promoción profesional respecto al primero.

Además, esta conclusión va en sintonía con lo que ocurre en la enseñanza secundaria o en la universidad. Por ejemplo, para el último curso del que se disponen datos, 2021/2022 encontramos que un 62,28% de los docentes son mujeres, frente al 37,72% de hombres. Por tanto, deberíamos encontrar un porcentaje similar de docentes catedráticos, cosa que no ocurre. Encontramos un 50,99% de mujeres catedrático frente al 49,01% de hombres, cifra que a priori podría parecer igualitaria. Sin embargo, como hemos mencionado el cuerpo de origen tiene un porcentaje superior de mujeres que se debería mantener.

En la enseñanza universitaria este problema es muy similar al de los cuerpos de profesores de música y artes escénicas, con una gran preponderancia de hombres frente a mujeres en los cuerpos de catedráticos. En el caso universitario, el porcentaje de catedráticos masculinos es bastante mayor que en el caso de catedráticos masculinos de música y artes escénicas, 73,66% en el primer caso frente a un 63,5% en el segundo caso para el curso 2021/2022. Sin embargo, es patente la reducción que se ha producido a lo largo de los últimos años, encontrando incluso un 79,12% de catedráticos frente al 20,88% de catedráticas en el curso 2015/2016. Recordemos que hace algunas décadas la tasa de catedráticas en las universidades era 0.

Datos por comunidades autónomas

Pero no estaríamos siendo justos si analizamos únicamente los datos totales del territorio Español y no analizamos los datos por comunidades autónomas, ya que existen diferencias sustanciales entre  ellas. Nos centraremos para ello exclusivamente en los dos cuerpos docentes de música y artes escénicas, el de catedráticos y el de profesores. A continuación muestro los porcentajes del curso 2021/2022:

En la tabla anterior encontramos la composición de hombres y mujeres en cada una de las comunidades autónomas y cuerpos de profesorado y catedráticos. Únicamente se muestran los porcentajes de las comunidades autónomas en las que hay datos en la web del ministerio de educación del cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas.

Ya hemos visto, con los datos generales referidos al territorio español, que en los cuerpos de enseñanzas de música y artes escénicas hay una preponderancia de forma general de hombres frente a mujeres. Pero lo que pretendemos establecer ahora es sí existe una igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres a la hora de promocionar del cuerpo de profesores al cuerpo de catedráticos. Para ello, el porcentaje del cuerpo de profesores debería ser similar al del cuerpo de catedráticos aunque se mantuviera dicha preponderancia de hombres frente a mujeres. Es decir, si tenemos una comunidad X en la que el 60% de hombres son profesores, en esa misma comunidad debería haber el 60% de hombres en el cuerpo de catedráticos. Es decir, el porcentaje se debería mantener constante.

Por ejemplo, el Principado de Asturias es la comunidad autónoma en la que existe una mayor diferencia de composición de hombres y mujeres entre ambos cuerpos. Encontramos una composición del 45,37% de hombres y del 54,63% de mujeres para el cuerpo de profesorado frente a una composición del 87,50% de hombres y del 12,50% de mujeres en el cuerpo de catedráticos. Esto supone una diferencia entre ambos cuerpos de 42,13 puntos porcentuales, la mayor de todo el territorio español.

Por otro lado, nos encontramos a la Comunidad Valenciana con una composición del 58,91% de hombres y del 41,09% de mujeres para el cuerpo de profesorado frente a una composición del 59,51% de hombres y del 40,49% de mujeres en el cuerpo de catedráticos. Esto supone una diferencia entre ambos cuerpos de 0,6 puntos porcentuales, la menor de todo el territorio español.

Para ilustrar todo esto, en todas las comunidades autónomas, he elaborado el siguiente mapa:

Podemos ver cómo las comunidades en colores cálidos tienen una diferencia porcentual entre sus cuerpos mucho mayor que las de los colores fríos. Como ya mencioné, únicamente se muestran las Comunidades Autónomas en las cuales hay catedráticos del cuerpo de música y artes escénicas registrados en el ministerio de educación.

Es significativo mencionar el caso de Navarra, la cual tiene una composición del 69.33%% de hombres y del 30,67% de mujeres para el cuerpo de profesorado frente a una composición del 68,18% de hombres y del 31,82% de mujeres en el cuerpo de catedráticos. Esto supone una diferencia entre ambos cuerpos de 1,15 puntos porcentuales. Pero en este caso el número se muestra en positivo. Esto es debido a que es la única comunidad autónoma del territorio español en la que existen proporcionalmente al cuerpo de profesores más catedráticas que catedráticos. En todas las demás, las de los datos en negativo, encontramos más hombres que mujeres en el cuerpo de catedráticos proporcionalmente al cuerpo de profesores.

La Comunidad de Madrid tiene una composición del 51,05% de hombres y del 48,95% de mujeres para el cuerpo de profesorado frente a una composición del 54,29% de hombres y del 45,71% de mujeres en el cuerpo de catedráticos. Sería la comunidad autónoma más ejemplar de todas, ya que es la que más cerca se encuentra del 50% en ambos cuerpos, existiendo tan solo una diferencia de 3,24 puntos entre ellos.

Conclusiones

En primer lugar, creo necesario que el Ministerio de Educación y Formación Profesional indique más y mejores datos respecto a los docentes de los cuerpos de música y artes escénicas. En general, deberían mostrar más y mejores datos a todos los niveles, tal y como hace el Ministerio de Universidades. En cuanto a los cuerpos docentes de música y artes escénicas, es necesario desglosar los docentes de estos cuerpos en las tres enseñanzas que pueden impartir: Música, Danza y Arte Dramático. Esto permitirá estudiar de una forma mucho más certera la composición de hombres y mujeres en los mismos, ya que existen diferencias notables entre estas enseñanzas.

En segundo lugar, creo necesario que el Ministerio de Educación y Formación Profesional indique en sus estadísticas anuales el porcentaje de catedráticos y catedráticas de cada una de las enseñanzas artísticas. Se hace mucha incidencia en la igualdad entre los cargos directivos en los datos anuale publicados, pero en ningún caso han considerado la igualdad de genero a la hora de la proporción interna desde el cuerpo base al de catedráticos. Se pueden consultar los datos de igualdad publicados por el Ministerio en este enlace: https://www.educacionyfp.gob.es/mc/igualdad/igualdad-cifras/profesorado.html

Y por último, las conclusiones principales relacionadas con los datos aportados en este breve análisis:

  • Por desgracia, esto no es ninguna sorpresa para nadie: existen diferencias de género en función del nivel docente, encontrando una proporción mayor de hombres catedráticos frente a la de mujeres respecto al cuerpo de origen. Sin embargo, hay una ligera tendencia que corrige esta situación a nivel estatal de forma general que invita al optimismo.
  • Hay comunidades autónomas que tienen mucho que mejorar en materia de igualdad de acceso entre hombres y mujeres a los cuerpos de catedráticos, en especial Asturias y Murcia, seguidas de Castilla y León, Castilla-La Mancha, Galicia, Aragón y Cataluña. Aunque hay comunidades autónomas como son el caso de Madrid y Valencia que lo están haciendo muy bien o Andalucía que lo está haciendo relativamente bien. Navarra sería un caso bastante particular, ya que lo hace muy bien en materia de igualdad en el acceso entre hombres y mujeres al cuerpo de catedráticos pero tiene una preponderancia de hombres frente a mujeres en ambos cuerpos que está por encima del rango del 60%/40% recomendado.

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FUENTES:

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