El Canto de Antígona
por Javier Serrano
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Normas de ortografía y falta de transparencia en las oposiciones de estabilización de Andalucía

Tiempo de lectura: 4 minutos

Rotulador rojo corrige un texto

Con la publicación de la resolución donde se nombra a los seleccionados en el proceso selectivo convocado para los cuerpos de profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía concluyen las oposiciones de estabilización de 2024.

Una convocatoria rodeada de polémica por diversas cuestiones; nos encontramos ante un proceso singular, en el que hemos tenido por primera vez pruebas no eliminatorias y especialidades sin prueba práctica. Todo ello unido a que nunca antes en Andalucía se habían establecido penalizaciones e invalidaciones relacionadas con las normas ortográficas.

Pero lo realmente relevante de estas oposiciones son las pocas herramientas dadas al opositor para ejercer sus derechos a concurrir a unas oposiciones justas y transparentes sin tener que recurrir al recurso de reposición o a la vía judicial.

Veamos un poco mi opinión sobre las penalizaciones e invalidaciones ortográficas y por qué considero que hay falta de transparencia en este asunto.

La situación actual

Las diferentes penalizaciones e invalidaciones por faltas de ortografía fueron publicadas en dos documentos —uno para especialidades con prueba práctica y otro para especialidades sin ella— en el portal de la Consejería de Desarrollo Educativo el día 12 de febrero.

Penalizaciones por ortografíaAnexo I de los Criterios de actuación de los tribunales y homogeneización de estos.

Como podemos ver, el ejercicio escrito que presente 5 o más faltas de ortografía —según las normas de la RAE— será invalidado. Esto se aplica a cualquier ejercicio escrito de la oposición, ya sea de la parte A o de la parte B.

La situación en las oposiciones anteriores

Esto contrasta enormemente con lo ocurrido en otros procesos selectivos andaluces de educación. En los criterios de actuación de las oposiciones de 2023 no hubo invalidaciones por faltas de ortografía.

Únicamente se contemplaron las faltas ortográficas en dos de los ítems de calificación; uno en la prueba escrita de los temas y otro en la programación. Para cada uno de los ítems se estableció una puntuación máxima de 1 punto, y en ambos se valoraron otros aspectos como la presentación limpia o la expresión escrita adecuada.

En la siguiente imagen se puede apreciar uno de los ítems de evaluación referido a la prueba escrita de los temas.

Indicadores de evaluación y calificación de la parte B de 2023 en Andalucía

Es decir, en ningún momento se podía invalidar un examen debido a las faltas de ortografía.

La falta de transparencia

No voy a entrar a juzgar técnicamente la medida. Personalmente considero que es muy importante para el ejercicio docente contar con una buena expresión escrita y, por supuesto, sin faltas de ortografía. Si se ha considerado oportuno invalidar un examen por tener cinco faltas de ortografía, se ha hecho en base a unos criterios publicados con suficiente antelación para todos los aspirantes. Por tanto, todos los opositores han concurrido en igualdad de condiciones al proceso selectivo.

Mi crítica a todo este tema viene dada por la falta de transparencia y garantías que se ha dado al opositor.

Nadie puede poner en cuestión que la Ortografía de la lengua española (2010) son un conjunto de normas medibles y objetivas. Además, es un documento gratuito de acceso libre para todos.

La Orden de 12 de diciembre de 2022, que es la que regula el proceso selectivo de estabilización de las presentes oposiciones de 2024, no contempla en ningún lugar la posibilidad de que los opositores puedan revisar sus exámenes y alegar errores materiales en los mismos.

Ante la gran cantidad de exámenes corregidos por los tribunales de selección en un período de tiempo relativamente corto, es bastante probable que puedan existir errores materiales a la hora de contabilizar las faltas de ortografía o incluso a la hora de determinar con objetividad qué es una falta de ortografía y, por tanto, aplicar ese mismo criterio a todos los opositores.

No olvidemos, que salvo que nos encontremos ante especialidades como Lengua Castellana o Inglés, Francés, etc., los tribunales no son expertos lingüistas. Y, seamos sinceros, faltas de ortografía o erratas las podemos cometer todos al escribir y las podemos obviar todos al leer un texto; mucho más en momentos de presión o de gran carga de trabajo.

Por todo ello, considero necesario que:

  • Los opositores tengan derecho a ver su examen en la vía administrativa, y más en caso de invalidaciones por faltas de ortografía.

  • Los opositores tengan derecho a ver el examen de otros opositores en la vía administrativa —sobre este tema hablo en este artículo—.

  • Los opositores puedan formular alegaciones, antes de acudir a la vía judicial, contra posibles fallos o errores materiales en la corrección, tanto de su examen como del examen de otros opositores. Para ello es necesario que se cumplan los dos primeros puntos y se de acceso a los exámenes.

Todo esto evitaría saturar a las administraciones de recursos que podrían solucionarse fácilmente durante el proceso selectivo. Además, ayudaría al opositor que reclama a decidir si le compensa gastar su tiempo, dinero y salud mental en acudir a un contencioso-administrativo.

De todas formas, animo a todo aquel al que le hayan invalidado un examen, por temas objetivos como son las faltas de ortografía, a que al menos solicite copia de su ejercicio y el de los demás opositores. Es un derecho que tenemos y, en todo caso, si en la vía administrativa no nos lo garantizan, lo harán sin duda en la vía judicial.


Si te gustó o tienes alguna sugerencia, opinión o lo que se te ocurra, puedes seguirme en instagram o twitter y comentarme lo que quieras, así como compartir el blog entre las personas que creas que les pueda interesar. ¡Muchas gracias!


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